Pocos años después del Descubrimiento, desde 1503 se fue
organizando Instituciones que algunas gobernaban desde la península. Luego se
crearon otras en la misma América. La primera Institución fue el Gobernador en
1501, Nicolás Ovando, que destituyó a Cristóbal Colón por denuncias de maltrato
a los indígenas. El primer adelantado fue Bartolomé Colón en 1537. Francisco Pizarro fue adelantado y primer
gobernador de Nueva Castilla, que fue la base territorial sobre la cual se
asentó y expandió el virreinato del Perú. El primer Virreinato fue el de Perú
(1542), con capital en Lima.
Las Instituciones En La Península Fueron:
El Rey,
El Consejo De Indias
La Casa De Contratación
En América
Los Virreyes
Las Audiencias
Los Cabildos
Los Adelantados
Los Capitanes Generales
Los Gobernadores
Las Consulados.
VIRREINATO DEL PERÚ
Hernán Cortés en 1521 propuso el nombre de “Nueva España”
tras la conquista. Fue su primer Gobernador y en 1528 la corona instaló una
Real Audiencia en Nueva España con el objetivo de instaurar un mayor control
judicial y de gobierno. Después se creó el Virreinato de Nueva España (1535),
con capital en México y jurisdicción en todo el territorio actual de América
Central y del Norte.Las Instituciones En La Península Fueron:
El Rey,
El Consejo De Indias
La Casa De Contratación
En América
Los Virreyes
Las Audiencias
Los Cabildos
Los Adelantados
Los Capitanes Generales
Los Gobernadores
Las Consulados.
VIRREINATO DE NUEVA ESPAÑA (1535-1821)
Sólo en los primeros años posteriores a la conquista, el rey
tuvo a su cargo directo los asuntos de América, luego la mayoría de las tareas
pasaron a ser desempeñadas por la Casa de Contratación de Sevilla creada en
1503, que también fue delegando atribuciones al Consejo de Indias, creado en
1511, que finalmente, hacia el siglo XVII era la institución española con más
poderes en América.El Consejo de Indias proponía los candidatos a ocupar los cargos de virreyes, gobernadores u otros cargos importantes. Presentaba las propuestas de ley que luego eran evaluadas por el monarca quien decidía sobe la conveniencia de su aprobación.
Tenía además, funciones judiciales, interviniendo en grado de apelación, sobre las sentencias de montos elevados dictadas por las Audiencias. Tenía a su cargo el juicio de residencia que se aplicaba a virreyes, gobernadores, capitanes generales y otros funcionarios importantes, acusados ante el juez de residencia, comisionado que se trasladaba a las distintas ciudades de América con este fin, por abusos de poder o corrupción entre otras cuestiones, y también cuando finalizaban su mandato. El funcionario acusado debía permanecer en su puesto mientras duraba el proceso. Las penas a aplicar podían consistir en multas, confiscación de bienes o prisión. Enviaba igualmente Visitadores Generales con funciones de Supervisión y Control. También le incumbía el ejercicio del Real Patronato, por concesión otorgada a los Reyes Católicos por el papa Julio II para ejercer en América funciones eclesiásticas.
La Casa de Contratación, tenía fines comerciales, regulando
la actividad mercantil. Regulaba el sistema de flotas y galeones, cobraba
impuestos y actuaba como tribunal de comercio. A partir de 1583, el Tribunal de
Comercio se independizó de la Casa de Contratación, y ésta compartió sus
actividades con un nuevo organismo, el Consulado, ente gremial que conformaban
poderosos comerciantes que regulaban el comercio con las Indias, de manera
monopólica.
En América, la máxima autoridad eran los Virreyes, representantes del rey, con poderes políticos, religiosos, militares y judiciales. En general, duraban tres años en sus funciones.
En América, la máxima autoridad eran los Virreyes, representantes del rey, con poderes políticos, religiosos, militares y judiciales. En general, duraban tres años en sus funciones.
Los Capitanes Generales, ejercían todos los poderes pero en
territorios de menores dimensiones, en los que se dividía el virreinato,
llamados capitanías generales.
Los Gobernadores, ejercían sus funciones en territorios aún más pequeños, las gobernaciones. Intervenían en grado de apelación en las decisiones de los Cabildos, que luego podían apelarse nuevamente ante la Audiencia. Reemplazaron a los Adelantados, durante el reinado de Felipe II.
Los Adelantados eran aquellos que habían conquistado las tierras para España, y que habían firmado con el rey una capitulación, acuerdo por el cual los gastos de la expedición quedaba a cargo de los conquistadores, recibiendo a cambio poderes políticos, militares y judiciales sobre los territorios conquistados.
Los Gobernadores, ejercían sus funciones en territorios aún más pequeños, las gobernaciones. Intervenían en grado de apelación en las decisiones de los Cabildos, que luego podían apelarse nuevamente ante la Audiencia. Reemplazaron a los Adelantados, durante el reinado de Felipe II.
Los Adelantados eran aquellos que habían conquistado las tierras para España, y que habían firmado con el rey una capitulación, acuerdo por el cual los gastos de la expedición quedaba a cargo de los conquistadores, recibiendo a cambio poderes políticos, militares y judiciales sobre los territorios conquistados.
Los gobernadores designaban como sus asistentes a los
tenientes generales y a los tenientes de gobernador que se desempeñaban en
ciudades que no eran cabeza de provincia.
Las Audiencias tenían funciones Judiciales y estaban integradas por los oidores, prestigiosos hombres del Derecho, cuyas decisiones sólo podían ser apeladas ante el Consejo de Indias cuando se tratara de asuntos de importancia económica considerable. Entre otras funciones asesoraban y vigilaban a los virreyes en el cumplimiento de sus funciones. Las Audiencias se instalaban en las provincias mayores, que contaban con un gobernador-presidente, que presidía la Audiencia. Las provincias menores contaban sólo con un gobernador.
Existían las Audiencias Virreinales, ubicadas en las capitales de los virreinatos, que eran presididas por el virrey. Las pretoriales, presididas por el gobernador y situadas en la ciudad cabecera de provincia y las subordinadas en otras ciudades.
CABILDO DE BUENOS AIRES
Los Cabildos, gobernaban las más pequeñas unidades
administrativas, las ciudades, y el ámbito rural que las rodeaba. Las ciudades
sin Cabildo no tenían existencia política. Eran instituciones integradas por
vecinos, considerándose como tales, los que tenían casa poblada en la ciudad.
La formaban los alcaldes, uno o dos, con funciones judiciales, los regidores
con atribuciones militares, el alférez real, que representaba a la ciudad en
las ceremonias públicas y el alguacil mayor con poder de policía.
Entre las autoridades residentes en América no había una jerarquía, sino un equilibrio de funciones que eran autónomas pero a su vez interdependientes entre sí.
Las Audiencias tenían funciones Judiciales y estaban integradas por los oidores, prestigiosos hombres del Derecho, cuyas decisiones sólo podían ser apeladas ante el Consejo de Indias cuando se tratara de asuntos de importancia económica considerable. Entre otras funciones asesoraban y vigilaban a los virreyes en el cumplimiento de sus funciones. Las Audiencias se instalaban en las provincias mayores, que contaban con un gobernador-presidente, que presidía la Audiencia. Las provincias menores contaban sólo con un gobernador.
Existían las Audiencias Virreinales, ubicadas en las capitales de los virreinatos, que eran presididas por el virrey. Las pretoriales, presididas por el gobernador y situadas en la ciudad cabecera de provincia y las subordinadas en otras ciudades.
Entre las autoridades residentes en América no había una jerarquía, sino un equilibrio de funciones que eran autónomas pero a su vez interdependientes entre sí.

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